Digital markets act y la interoperabilidad de plataformas de comunicación

22 abril 2022

La nueva ley de mercados digitales

Con el foco puesto en las “Big Tech”, la Unión Europea continúa diseñando legislación con el objetivo de proteger a los consumidores y la libre competencia. Tanto el Consejo como el Parlamento Europeo ven el los servicios digitales un mercado en el que se han ido configurando una serie empresas como dominantes por lo que en los últimos años una buena parte de la regulación comunitaria se ha dirigido a limitar esta posición ventajosa. El último movimiento de la UE se trata del anteproyecto de Reglamento de Mercados Digitales (Digital Markets Act o DMA por sus siglas en inglés), una ley que busca al mismo tiempo garantizar la seguridad de los datos de los consumidores y además facilitar la entrada de nuevos competidores en el mercado.

En cuanto al alcance de la norma, se trata de una regulación que afecta a las empresas que prestan servicios de “plataformas de uso básico” que debido a su tamaño y posición de mercado se conforman como dominantes en el mismo, considerándose así según el reglamento “guardianes de acceso”.

Qué es una "plataforma de uso básico":

La nueva ley de mercados digitales, define las plataformas de uso básico como aquellas que ofrezcan:

  • Servicios de intermediación en línea;
  • Motores de búsqueda en línea;
  • Servicios de redes sociales en línea;
  • Servicios de plataformas de intercambio de vídeos;
  • Servicios de comunicaciones interpersonales independientes de la numeración;
  • Sistemas operativos.
  • Servicios de computación en nube.
  • Servicios de publicidad, incluidas las redes de publicidad, los intercambios publicitarios y cualquier otro servicio de intermediación publicitaria, prestados por un proveedor de cualquiera de los servicios básicos de plataforma enumerados anteriormente.

Qué es un "guardián de acceso" según la DMA:

Las condiciones de tamaño para ser guardián de acceso o gatekeeper, requieren que los prestadores de los servicios mencionados cumplan 2 requisitos:

  1. Facturen más de 6.500 millones de euros al año en el EEE (Espacio Económico Europeo) durante los últimos 3 años o su capitalización bursátil sea superior a 65.000 millones de euros en el último ejercicio.
  2. Han prestado durante los 3 últimos ejercicios sus servicios a más de 45 millones de usuarios finales activos y más de 10.000 usuarios profesionales de forma mensual.

Así pues, se trata de una ley que va a afectar directamente a las 5 grandes empresas tecnológicas denominadas como “GAFAM” (Google, Apple, Facebook, Amazon, Microsoft) y también a otros grandes actores del mercado como puede ser Booking, AirBnB o Ebay.

Las tres claves de la nueva ley

El objetivo final de la norma es facilitar la entrada de nuevos competidores, fomentar la innovación y proteger al consumidor. Para ello el reglamento contempla alrededor de 20 mecanismos que se pueden agrupar en los siguientes bloques:

  1. Apertura de los canales de venta: Se prohíbe que los guardianes de acceso limiten la distribución y el precio de los servicios a través de otros canales. Además deben garantizar la interoperabilidad entre los distintos canales de modo que los usuarios puedan recibir ofertas, suscribirse a servicios y darse de baja de los mismos a través de cualquier canal.
  2. Igualdad de condiciones en la oferta y promoción de productos y servicios. Se prohíbe el trato favorable en las clasificaciones de los servicios y productos propios del guardián de acceso frente a la competencia. Facilitar información transparente y en tiempo real de los precios pagados por los servicios de publicidad prestados. Además se prohíbe a los guardianes de acceso el uso en competencia de los datos generados por la actividad en la plataforma de uso básica por parte de usuarios profesionales y sus usuarios finales.
  3. Libertad de elección. Los guardianes de acceso no podrán forzar a los usuarios finales a registrarse en un servicio propio como condición para acceder a los servicios y productos de un tercero. Los usuarios finales tendrán capacidad de elegir, modificar y desinstalar los servicios preinstalados en la oferta del guardián de acceso ya que se obliga a que terceros puedan ofrecer estos servicios en igualdad de condiciones.

Para garantizar estas obligaciones el reglamento contempla multas monetarias que pueden llegar al 10% de la facturación global del guardián de acceso y hasta el 20% de su facturación global en caso de incumplimiento repetido.

La DMA y el nuevo ecosistema de comunicaciones

Aunque la norma no es firme todavía y tampoco entrará en vigor hasta presumiblemente principios de 2023 ya se han definido algunos efectos que tendrá en los servicios de mensajería personal. Estos servicios (que incluyen Whatsapp, Facebook Messenger o IMessage) estarán obligados a interoperar con otros fabricantes más pequeños de plataformas de comunicación, de modo que estos tengan la posibilidad de intercambiar mensajes, archivos o realizar llamadas entre las distintas aplicaciones.

Existen aún muchos detalles por definir por ejemplo, el texto de la ley no especifica si las plataformas de uso básico están obligadas a interoperar entre ellas o solo con actores más pequeños o también si servicios de conferencia que se han establecido como dominantes durante la pandemia (como MS Teams y Zoom) tendrán la obligación de ofrecer interoperabilidad con otras plataformas.

A falta de conocer todos los detalles esta norma abre la posibilidad de ofrecer nuevos servicios agregados que ofrezcan valor a los usuarios finales; que han visto cómo en los últimos años las estrategias de “vendor lock-in” se han ido configurando como norma, privándoles de libertad de elección real.

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